Curso VIII - Enseñanza 7: De la Admisión de los Hijos
El Reglamento establece los requisitos de orden externo que deben reunir los candidatos para el ingreso a una Tabla. Dichos requisitos son:
a) Gozar de una buena reputación. Esta es la seguridad de haber llevado el candidato una vida discreta, sin inclinaciones morbosas hacia el mal; seguramente la Gran Corriente dañaría a seres con semejantes inclinaciones, en vez de favorecerles.
b) Poseer la instrucción necesaria para poder recibir las Enseñanzas. Si bien la Sagrada Orden no tiene preferencia por seres sumamente especulativos, tampoco admite a los que carecen del minimum indispensable de instrucción. El ser que en su vida no ha tenido la voluntad suficiente ni la capacidad mental para obtener un mínimo de conocimientos, salvo casos extraordinarios, tampoco ha de servir para el Sendero.
c) Debe contar con honrosos y suficientes medios de subsistencia. Ni la opulencia, ni la indigencia, son extremos aceptables en un hombre espiritual. Una seguridad de que el hombre busca a Dios por Dios mismo es cuando lo hace teniendo suficientes y honrosos medios de subsistencia. De allí la exigencia apuntada.
d) Presentar un trabajo escrito. En este trabajo el ser expondrá la clase e intensidad de su vocación.
Tales son los requisitos externos; hay, además, los de orden interno que observa el Hijo que interviene en la asistencia del aspirante a través del modo acostumbrado.
El primero es a través de la conversación que permite al Hijo descubrir los problemas que tiene el candidato, apreciando su sinceridad y capacidad.
El segundo es la de observación. La conducta externa es reflejo de las internas convicciones. La observación de la primera ilumina el camino de la segunda y habla de lo consecuente que el candidato es, en su conducta, con el ideal.
Admitido el candidato se le debe poner en conocimiento de las obligaciones que tomará sobre sí y, si las aceptase, será incorporado.