Curso VIII - Enseñanza 12: De los Ordenados
Pocas son las disposiciones del Reglamento con respecto a los Ordenados. Estos se hallan sometidos, en todo, a la voluntad del Caballero Gran Maestre y solamente sus obligaciones genéricas se encuentran establecidas en el Reglamento.
El deber primordial de los Ordenados es vivir en un lugar común, bajo las órdenes de un Superior y ajustar su vida a lo preceptuado en el Método.
La vida en común, además de fomentar la metodicidad que favorece el desarrollo místico, circunscribe la Corriente a un determinado punto, facilitando su conservación y debida irradiación.
Vivir bajo las órdenes de un Superior significa una continua supeditación de la voluntad personal a la de aquél, permite ejercitarse en la obediencia y dedicar la atención a un solo objetivo, despreocupando a la mente de los múltiples problemas que origina la vida en el mundo.
Ajustar la vida a lo preceptuado en el Método, impide la girovagancia y la búsqueda inveterada, en textos y doctrinas, de métodos, ejercicios y modos espirituales de vivir a que son afectas las personas desordenadas.
La vida en comunidad origina una serie de labores en consonancia con la misión específica de cada Tabla. Fuese cual fuese el trabajo que deben cumplir los Ordenados, todos se hallan reglamentariamente obligados a efectuar diariamente media hora de meditación, media hora de lectura espiritual, y media hora de examen retrospectivo y oraciones de la noche, sin perjuicio de dedicar al estudio y vida interior el mayor tiempo posible.
Disponen de sus rentas, en tal situación, en la medida y cantidad que el Caballero Gran Maestre considera conveniente para sus gastos personales; pero sin poder hacer gestión alguna a su respecto.
Los Ordenados pueden ser eximidos de vivir en comunidad si el Caballero Gran Maestre lo dispusiera. En tales casos proseguirán en sus ocupaciones y trabajos, pero ajustándose siempre a las normas que le señale su Superior.
Tendrán derecho, no obstante, de reintegrarse a la comunidad durante un lapso, anualmente, hasta que terminada su labor exterior, el Caballero Gran Maestre decida incorporarlos definitivamente.